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CONSEJO DE ASUNTOS ECONÓMICOS

En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige, además de por el derecho universal, por las normas que haya establecido el Obispo diocesano, y en el cual los fieles, elegidos según esas normas, prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el can. 532.(D Can 537) Está formado por el Párroco que es el Presidente, el Coordinador del Consejo, un Coordinador de Ingresos, un Coordinador del Egresos, un Coordinador de Servicios de Mantenimiento, un Coordinador de Proyectos, el Coordinador Administrativo de la Parroquia y el Coordinador de Servicios Pastorales y los Coordinadores del Consejo de Pastoral

CONSEJO DE PASTORAL

Si es oportuno, a juicio del Obispo diocesano, oído del consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.( D. Can. 536 Esta Formado por el Párroco siendo el Presidente, sus Vicarios, por los Coordinadores y los Secretarios del Consejo, los representantes de las distintas Áreas de Pastoral: Catequética, Litúrgica, Familiar, Mariana, Social, Juvenil, Sectores, Misiones, Salud, Vocacional y Ecuménica, la Superiora de las Religiosas, el Coordinador del Consejo de Asuntos Económicos, el Coordinador de de Servicios Pastorales.

 
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